La muerte nos acompaña desde que nacemos. Forma parte de ese contrato vital que firmamos al nacer. Pero cuando el que se marcha es un ser querido, necesitamos claridad para afrontar nuestro duelo. Pues bien, hoy quiero hablaros de cómo afrontar la muerte en el hospital jurídicamente. ¿Sabes en qué consiste el protocolo de fallecimiento hospitalario?
¿Qué es el protocolo de fallecimiento hospitalario y en qué consiste?
Cuando llega esa mirada, esas breves palabras de condolencia, sabes que todo ha acabado. Y en ese preciso instante tu lado racional quiere saber qué hacer mientras tu lado emocional se ve desbordado por las emociones. Pero no te preocupes, para estos momentos existe un modus operandi para gestionar la muerte de un familiar. Desde luego, el fallecimiento en un hospital facilita contestar a la pregunta de qué hacer tras un fallecimiento.
Pues bien, ese modus operandi es lo que se conoce como protocolo de fallecimiento hospitalario. Y, ¿En qué consiste el protocolo de fallecimiento hospitalario? Pues bien, podríamos definirlo como una serie de actuaciones acordadas por la dirección del centro que deben adoptarse tras la muerte de un usuario del hospital y tendentes a dar una solución administrativa y emocional al fallecimiento.
Por lo tanto, el protocolo de fallecimiento hospitalario está dirigido al propio fallecido pero también a sus familiares y allegados, al equipo asistencial y el resto de usuarios de los servicios hospitalarios. Del fallecido hay que cumplir sus últimas voluntades. A sus familiares y allegados, brindarles el apoyo necesario para afrontar la pérdida y cumplir con los requisitos burocráticos. Y al equipo asistencial es necesario otorgarles unas herramientas que les permita avanzar en sus cometidos.
¿Qué hacer ante el fallecimiento de un familiar en el hospital?
Todo comienza con un diagnóstico. Esto es, una identificación del estado de muerte de un paciente y según la mayoría de protocolos, debe comunicarse con dignidad, intimidad, autonomía y autoestima.
Si la etiología médico-legal de la muerte es natural, los protocolos recomiendan el aviso a familiares en los términos antes referidos. También puede contener el contacto directo con una funeraria y por su puesto a la dirección del propio hospital.
Si la etiología médico legal es accidental o violenta, añadiremos a esta ecuación al Juzgado de Instrucción que deberá investigar si existen responsabilidades penales. Y es que los profesionales están obligados a ello conforme al artículo 262 Lecrim. Se aperturaría, lo que se conoce como diligencias previas y la obligatoriedad de realizar una autopsia (art. 343 Lecrim).
El protocolo hospitalario en caso de muerte natural
Tras identificar la causa de la muerte, el equipo asistencial debe preparar el cuerpo: retirar objetos, amortajar, identificar el cuerpo y su traslado a la morgue. En este momento, deberán colaborar con la planificación de los ritos y últimas voluntades y atender a todos los familiares.
Mientras tanto, el centro hospitalario deberá preparar la documentación y en particular, elaborar el certificado de defunción conforme al artículo 63 de la Ley del Registro Civil. Este certificado será determinante para inscribir la defunción en el Registro Civil como requiere el artículo 67 del anterior texto legal.
El hospital se encargará de notificar la muerte, pero tú como usuario puedes ir avanzando algunos trámites. Recomiendo interesarse sobre si el fallecido tenía un contrato de seguro de decesos. Según UNESPA (la asociación de los seguros) en 2022 había más de 22 millones de españoles con este seguro de decesos, por lo que es bastante probable que sí. Con el DNI del fallecido y el certificado de defunción debería ser suficiente para tramitarlo.