Tras meses de duro trabajo y una considerable inversión de tu empresa de reformas, tu cliente no paga la factura que le queda. No está satisfecho con el resultado. O desarrollas un software informático y ahora, quien te lo pidió, no lo necesita. ¿Y qué me dices de ese pedido entregado y no pagado? Pues bien, hoy quiero enseñarte qué hace un abogado cuando recibe un asunto así.
Antes de empezar, te voy a recomendar dos publicaciones muy relacionadas. Solo dos:
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¿Por qué el cliente no paga la factura?
Así como en las ecuaciones debemos averiguar la incógnita, en las reclamaciones de deuda también debemos esforzarnos en conocer el por qué del impago. Y antes de meterte en cualquier jaleo (porque reclamar una deuda es un jaleo, para qué nos vamos a engañar) debes de conocer tus posibilidades.
Reclamar deudas con éxito = Beneficio de la reclamación + Posibilidad de cobro
Así es. Apréndete esta fórmula porque es la primera por la que te preguntaré si quieres hacer una consulta jurídica online ya sea telefónica, por videollamada o presencialmente. Si quieres reclamar una deuda con éxito deberás conocer cuánto realmente vas a reclamar y qué posibilidades de conseguir el dinero.
Beneficios de la reclamación extrajudicial al cliente
Empezando la casa por los pilares, debemos saber cuánto vamos a reclamar al cliente. Y si dedico un epígrafe a la cuantía, no me basta con saber cuánto pone en la factura. Eso es lo más sencillo, lo que podemos acreditar y realmente, lo que le importa al juez. Pero no voy a eso.
Para recobrar tu factura incurrirás en gastos. Ya verás luego si los reclamas o no, y si te los pagan o no. Pero los gastos son inevitables y te desgloso a continuación en los que por experiencia incurrimos en fase extrajudicial. Ojo, no son mis honorarios oficiales pero sí que pueden resultarte orientativos para valorar la reclamación:
- Honorarios de abogado por reclamación extrajudicial: 100 € + 5% de la cuantía a reclamar.
- Enviar una reclamación por correo electrónico: 0 €.
- Enviar una carta certificada si no contesta al mail: 4,10 €
- También puedes enviar un correo electrónico certificado o un SMS: 1 €. Puedes consultar las tarifas de correos electrónicos certificados en el enlace que te facilito.
Y dirás Miguel, ¿dónde has metido el burofax? Odio los burofaxes de reclamaciones de cantidad sin motivación legal que lo exija. Son el medio más sobrevalorado de todos. Sí, certifican la entrega del mismo y el contenido. Igual que lo hace un correo electrónico al que el deudor responde. O una carta certificada y ¿para qué quieres certificado del contenido? Eso sí, solo la palabra ‘Burofax’ parece infundir algo de respeto.
Calcular beneficios de la reclamación judicial al cliente
Pues los costes se incrementan considerablemente, claro está:
- Honorarios de abogado por reclamación judicial de deudas: 400 € si se trata de un procedimiento monitorio que luego te contaré, o entorno a 400€ + 7% de la cuantía a reclamar en un procedimiento declarativo normal.
- Aranceles de los procuradores: Dependerá de la provincia, pero hazte a la idea de entorno al 4% de la cuantía.
- Poder para pleitos (prescindible): 60-70 €
- Tasas judiciales para las empresas: 150-300 €
- Anotaciones de embargos si fueran necesarias: Entorno al 2% del valor del embargo.
- Riesgo de costas procesales en caso de derrota judicial: Debes comprender que en caso de derrota judicial puedes ser condenado al abono de las costas procesales, hasta un tercio de las mismas (y a veces un poco más). Por ello, debes ser bien consciente de tus posibilidades de éxito.
En resumidas cuentas: los beneficios de tu reclamación serán igual a la cantidad que reclamas y obtienes, menos los costes en que incurras. En el caso de la reclamación judicial, si el juez te da la razón, tendrás la fortuna de poder recuperar las costas judiciales, referidas al letrado y a la procuradora, incluso al perito si fuera necesario.
Calcular las posibilidades de éxito para reclamar las facturas
Lo segundo más importante para conocer si debemos proceder a reclamar o no una deuda es ser consciente de la realidad. Y si bien calcular los beneficios de tu reclamación es tarea tuya apreciado lector, calcular las posibilidades de éxito de una reclamación es trabajo mío. Y para ello te hago unas preguntas para que reflexiones:
- ¿El cliente no paga la factura porque es insolvente?
- ¿Se encuentra en España y es localizable?
- ¿Existen motivos de oposición al pago por el cliente? Si eres del sector de la construcción te invito a leer mi publicación sobre cómo reclamar obras mal ejecutadas ya que esos mismos principios podemos aplicarlos a la inversa.
- Más allá de las facturas emitidas, ¿tienes pruebas de que tu cliente no tiene razón? ¿testimonios? ¿periciales?
- Bueno, pregunto por si acaso. ¿tienes contrato, presupuesto o facturas emitidas que reclamar?
- ¿Cuento con un abogado o reclamo por mi cuenta?
Reclamación extrajudicial de una factura al cliente
Analizado el contexto en el que nos movemos y siendo bien conscientes de nuestra situación, toca hacer algo. Y se trata de reclamar extrajudicialmente y de forma amistosa la deuda. Para ello, cada uno tiene su estilo: el diplomático y con empatía, el mariscal de campo y riguroso, el piloto de carreras que te da 7 días para responder o demanda, etc. Pero de todos ellos, lo más importante es incluir en la reclamación los siguientes datos:
- Nombre y apellidos del cliente que no paga la factura.
- Fecha del contrato.
- Fecha desde la que se debe el dinero.
- Muy breve descripción del asunto que os vincula (obra en calle Plasencia, desarrollo de software Pikipiki, curso online en CEAC, prima del seguro nave en polígono San Pablo, etc).
- Cantidad exacta que reclamas.
- Concepto por el que reclamas (Último certificado de obra, segundo plazo del pago, etc).
Recordarte que las deudas derivadas de los contratos tienen un plazo de 5 años para reclamarlas y, tras el tema del coronavirus, ¡súmale 82 días! Por lo que despacio y buena letra.
Reclamación judicial de la deuda
Como te decía, si no nos queda más remedio que acudir a la vía judicial y si la reclamación es lo suficientemente viable para iniciarla, debemos presentar una demanda civil ante el juzgado del domicilio del deudor. Si eres de Madrid y el cliente es de Valencia, tendrás que demandar en Valencia. Si eres de Granada y el deudor es de Madrid, tendrás que demandar en Madrid. Está claro.
Debo advertirte puedes reclamar deudas inferiores a 2.000 € sin necesidad de contar con abogado ni procurador, reduciendo considerablemente los costes y mejorando la reclamación exitosa. Ya escribí sobre cómo redactar una demanda judicial, publicación a la que me remito por si necesitas asesoramiento al respecto. No obstante, ¡qué te voy a decir! Algunos abogados nos dedicamos a esto y conocemos sobradamente cuáles son los ingredientes del éxito de la reclamación.
Y para reclamar judicialmente tienes dos vías procedimentales: el procedimiento monitorio y el procedimiento declarativo.
Procedimiento monitorio de reclamación de deudas si el cliente no paga la factura
Es un procedimiento rápido, ágil y muy sencillo que se regula en el artículo 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y son tan rápidos, ágiles y sencillos porque no requieren redactar una demanda (se llama, de hecho petición inicial de monitorio).
Se presenta el escrito, el juzgado lo tramita por esta vía de monitorio y da traslado al deudor para que en el plazo de 20 días responda a la reclamación. Ahora bien, ¿qué puede ocurrir?
- El cliente pasa olímpicamente de la reclamación. En ese caso, el procedimiento se acaba y obtienes tu decreto (una especie de sentencia, pero que no la dicta el juez sino el secretario). Te has ahorrado meses y meses, así como mucho dinero en abogados y procuradores y con el mejor resultado posible.
- El cliente contesta y se allane. Es decir, que te de la razón. Algo poco habitual pero oye, es una posibilidad. Y el resultado viene a ser el mismo que en el punto anterior, archivándose el procedimiento.
- El cliente que no paga la factura se opone. Y aquí viene el problema, porque habrás perdido un par de meses y algo de dinero, y tendrás que presentar una nueva demanda por el siguiente paso.
Recomiendo este procedimiento si cuando hemos calculado nuestras posibilidades de éxito, concluimos que no tiene nada que oponernos o reprocharnos. También es interesante cuando el perfil del cliente es de descuidado, ausente, ilocalizable o incluso como coloquialmente decimos, es un jeta. Y es que, en el caso de los dos primeros puntos el procedimiento momitorio concluye con un decreto ejecutable directamente. Vamos, que si el juzgado marcha como Dios manda, en un par de meses puedes estar embargando bienes.
Procedimiento declarativo de reclamación de deudas
Sin lugar a dudas, es el procedimiento mas certero. Si tienes la menor duda de la viabilidad del procedimiento monitorio lo mejor será interponer una demanda como Dios manda: con la narración de los hechos, tus fundamentos jurídicos para reclamarla, los documentos que te interesen y que el juez te escuche.
En caso de que la cuantía sea inferior a 6.000 €, la reclamación se sustanciará por los trámites de un procedimiento verbal. El procedimiento verbal no es que sea oral (que también se habla) sino que antiguamente, tras presentar la demanda el demandado respondía a la misma oralmente el día del juicio. Pero eso ya no ocurre, y el demandado contesta por escrito en 10 días, nos mandan para juicio y allí ya nos peleamos. ¿Tiempo aproximado? Entre pitos y flautas ponle un año.
Por otro lado, si la reclamación es superior a 6.000 € debemos reclamar por la vía del procedimiento ordinario. Y el procedimiento ordinario no es aquel vulgar o basto, sino el procedimiento que sigue el siguiente curso: se presenta una demanda, el demandado contesta por escrito en 20 días, nos señalan para el acto de la audiencia previa (como una especie de pre-juicio) y, de allí, nos vamos al juicio a pelarnos. Al haber un acto procesal más, podríamos estar hablando fácilmente de dos años para obtener sentencia.
En definitiva: si quieres llevar a cabo una reclamación si tu cliente no paga la factura con éxito, piénsatelo conmigo y encontramos la mejor vía.