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¿Es obligatorio pagar a la SGAE en un bar?

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Allá por el mes de octubre, disfruté de un gran fin de semana en la Alpujarra granadina. Más concretamente por la zona de Laroles, en un espectacular complejo rural de nombre Barranco de la Salud. Una de las noches decidimos ir a cenar a un lugar recomendado: la huerta de Mecina Alfahar. Nos lo pasamos en grande con Luís, el propietario. Un buen vino de la tierra, sus famosos puerros a la crema y una interesante conversación sobre la última inspección de los de la SGAE. Y claro, la duda salió sola: ¿Es obligatorio pagar a la SGAE en un Bar? ¿Qué hacer si la SGAE denuncia al bar? Y como estoy seguro de que tú también tienes la misma duda, vamos a resolverla en este artículo.

Antes de empezar, te voy a recomendar dos publicaciones muy relacionadas. Solo dos:

¿Es obligatorio pagar a la SGAE en un bar o en una peluquería?

Si tienes un negocio y quieres saber si debes de preocuparte por una inspección de la SGAE, preguntate si el reproducir contenidos influye directamente en tus ventas. Si la respuesta es que no, puedes permitirte el lujo de reproducir contenidos en tu local porque no estará considerado un acto de comunicación pública conforme al artículo 20 de la Ley de Propiedad Intelectual (no lo digo yo, lo dice el TJUE).

las peluquerias no pagan a la SGAE
Fuente: Unsplash | Autor: Alwin Kroon | Licencia Unsplash

Mejor con unos ejemplos:

Si tienes un bar y reproduces fútbol, estas teniendo un beneficio económico porque la gente acude a ver el fútbol como servicio extraordinario que ofreces. Igual ocurre si reproduces música ya que tomar unas cañas con música de fondo es una mejora en la calidad de tu servicio.
Si tienes una peluquería y en la sala de espera pones música, a mi entender no estas teniendo un beneficio económico porque tus clientes no irán por la música, sino por tu habilidad con las tijeras. No obstante, algún que otro juez ha entendido que la música forma parte del negocio e influye directamente en su cuenta de resultados. Por mí, Bye Bye SGAE pero no te confíes.
Si tienes un hotel y en las habitaciones reproduces contenidos, deberás pagar el correspondiente cánon porque es un servicio extra de tu negocio.
Si tienes una tienda de colchones y quieres poner la BSO de los Lunnis, no estas teniendo un beneficio económico porque no pretendes obtener mas clientes por reproducir esa musica. No es, por tanto, un acto de comunicación pública.
Si tienes un Pub o discoteca (un saludo a Javier de la Sala Andén 56 de Burgos), deberás de pasar por el aro porque tus clientes acuden a consumir con música.

Por lo tanto, a veces sí a veces no en función del negocio que regentes. Y pongamos que eres propietario de un bar, pub, discoteca u hotel. ¿Es obligatorio pagar a la SGAE siempre?

No. La SGAE es una sociedad privada que gestiona los derechos de autor de muchos artistas, compositores, productores, etc. Muchos, pero no todos. Por lo tanto, si te haces de una lista de reproducción de artistas no representados por la SGAE, podrás reproducir contenidos sin problemas.

¿Cómo actuar ante una inspección de la SGAE?

Le llamamos inspección igual que podemos llamarlo ‘tanteo’o ‘visita’. Y es que los inspectores de la SGAE no son inspectores en el sentido de autoridad pública. Son empleados de una entidad privada que se encargan de cobrar las tarifas. Y como empleados de una entidad privada de gestión de los derechos de autor, es lo mismo que te visite un inspector de la SGAE que el mismísimo George Clooney a pedirte un Nespresso.

Aquí un artículo muy interesante sobre la labor de los autodenominados inspectores de la SGAE. Me hace mucha gracia la expresión ‘un cruce posmoderno entre el inspector de Hacienda y el cobrador del frac’. Salvando a unos pocos, la mayoría de inspectores de la SGAE son profesionales que están sometidos a mucha presión y se encuentran entre la espada y la pared. No olvidéis tratadles siempre con el mayor de los respetos.

es obligatorio pagar a SGAE en un bar
Fuente: Unsplash | Autor: Patrick Tomasso | Licencia Unsplash

Lo dicho. Ante una visita de la SGAE, recibidle con un cordial saludo y preguntadle si desean tomar algo. Aunque sea agua del grifo. Solicitadle la acreditación de ‘agente de la SGAE’ y comentadle qué desea de vosotros.

  • Deseamos que pague la tarifa que le corresponde por la reproducción de obras musicales y audiovisuales. Tome, firme este acta de visita.

A lo que debes de responder, si no quieres que SGAE denuncie al bar:

  • Si no va a consumir, por favor, debe salir del local porque no es obligatorio pagar a SGAE en un bar como el mío ya que solo reproduzco contenidos libres de derechos de autor / no tengo dispositivos de reproducción conectados.
  • Efectivamente, reproduzco contenido protegido por derechos de autor. Negociemos la cuota que pagar a la SGAE del bar.

¿Cómo evitar pagar a la SGAE en mi bar? ¿Qué alternativas tengo para reproducir música?

Bien. Asumamos que eres un bar, una discoteca, un hotel o qué se yo. Vamos, un negocio del que se puede interpretar que realiza un acto de comunicación pública de obras ya que están ligadas a sus ingresos.  Y quieres evitar pagar a la SGAE por tu bar o discoteca. Quieres reproducir contenidos (generalmente música) pero no pagar ninguna tarifa. ¿Qué puedes hacer? Pues te expongo algunas ideas:

pagar a la SGAE
Fuente: Unsplash | Autor: Dewet Willemse | Licencia Unsplash
  • Reproduce música que utilice licencias libres como las Creative Commons. Si no sabes qué es una licencia Creative Commons, hace unos meses escribí sobre ello y quizá te interese. Aunque no lo parezca, existen muchas aunque no son tan conocidas.
  • Infórmate del repertorio de la SGAE y reproduce las canciones que no estén dentro de su repertorio.
  • Utiliza canales de televisión que no reproduzcan música. Por lo general, Televisión Española y dependiendo de la hora… Y lo mismo si utilizas una radio. Pero ojo: procura que el aparato tenga sintonizado solo esos canales. La carga de la prueba correpsonderá al empresario y no a la SGAE.

Y si, con todo y eso, quieres reproducir el último éxito de Biscal, hazlo. De verdad, a veces merece la pena pagar a la SGAE por el bar y explotar económicamente estos contenidos. Pero asegúrate que te aplican la tarifa que te corresponde, ni más ni menos.

141 comentarios en «¿Es obligatorio pagar a la SGAE en un bar?»

  1. Hola, buen post, mi pregunta es, tengo una cafetería en la que pongo un hilo musical y tengo teles en la que mayormente pongo o noticias o fútbol, y estoy pagando a la sgae una cuota elevada, como podría dejar de pagarles?? Haré lo que sea por no pagarles. Gracias.

    1. Hola Javier, los principales defectos que suelen existir en las cuotas a la SGAE son dos: que hayan calculado de forma defectuosa los metros cuadrados del local donde se reproducen los contenidos y (2) que directamente no les corresponda a ellos ser beneficiarios de la cuota (métete en el repertorio de la SGAE para ver si están dichos contenidos incluidos). Normalmente este último punto es dificil de determinar… Si lo que quieres es no pagar a la SGAE, reproduce en el hilo musical música sin derechos de autor (en internet hay muchas listas de reproducción) y desintoniza la televisión (afortunadamente, si solo dejas las noticias puede defenderse porque les costará determinar a la SGAE las vulneraciones que se cometan)

  2. Hola buenas, yo acabo de hablar con SGAE y me dicen que tengo que pagar ponga lo que ponga, da igual que sea canal 24 horas, fútbol o documentales, lo que no entiendo es como hay que pagar a esta gente que no hace mas que robar y estan siendo intervenidos por la ley, pero tu luego tines que pagar si o si, se creen que la gente va al bar a ver la tele, esta claro que miras la tele pero no por eso vas al bar.

    1. Así es Alejandro, creo que desde SGAE no se comportan nunca correctamente utilizando medios moralmente discutibles y abusando de un cargo que no tienen autodenominandose inspectores.

        1. Hola Pedro, aunque parezca mentira si tienes TVE tienes que pagar salvo que te comprometas a tener solo las noticias puesta. De este modo, nunca podrán probar que has expuesto públicamente contenidos que normalmente tienen contratados con la SGAE la gestión de los derechos de explotación. El problema de fondo no es reproducir o no reproducir contenidos, es que te pillen (con una pequeña cámara de vídeo, fotografías, que el autodenominado inspector acuda como testigo, etc). Por lo tanto, si solo pones las noticias, no te pillarán jamás. Un saludo

  3. Hola Miguel, hay una cosa que no entiendo, dices que en una peluqueria que tiene la musica de fondo, no debe pagar ya que la gente va a cortarse el pelo, yo tengo una taberna y hago unas tablas de jamon iberico y la gente viene a mi bar a comer jamon, porque yo si debo pagar el atraco, perdon, robo y la peluqueria no, al igual que sus clientes van a disfrutar de un corte de pelo, los mios vienes a disfrutar de un buen jamon, no crees que es lo mismo?
    Muy buen post.
    Gracias y un saludo

    1. Hola Eduardo, muchas gracias por contestar y llenar de calidad el blog. Muchos se habrán preguntado lo mismo y viene bien profundizar. Verás, la discusión debe girar entorno al concepto ‘acto de comunicación pública’. Desde la UE le han dado un tirón de orejas a la SGAE porque quieren cobrar a todo el mundo, pero lo cierto es que solo pueden cobrar a quienes realicen este ‘acto de comunicación pública’. Para ello, valoran cuestiones como el número de personas que están a la vez en el lugar (un bar suele estar frecuentado mientras la sala de espera de una peluquería no); el motivo de asistir al local (que me corte el pelo mi peluquero de confianza o tomarme una cañita cn buen ambiente); y el carácter lucrativo (escuchar música o ver futbol te lleva más a pedirte otra ronda que a recortarte las puntas).

      Pero como todo en derecho, caso por caso. Probablemente la Marco Aldani o Llongueras les cruja la SGAE porque sus peluquerías son discotecas. Pero al peluquero de tu barrio que da las citas como un clavo y tiene a uno cortando el pelo y otro leyendo el periódico, no. Y digo un peluquero como digo la consulta de un dermatólogo o la cola de un confesionario.

      Un saludo y para lo que necesites. Y viva el jamón.

  4. Enhorabuena por el post, muy útil, claro y comprensible. Llevo varios días informándome y, tras muchos artículos leídos, aún no había conseguido comprender por qué cobra exactamente la SGAE. Aún así, me surge la duda concreta de si, en mi caso, que soy propietaria de una tienda de papelería en la que dispongo de una televisión (sin canales sintonizados) en la que reproduzco vídeos, realizados por mí, de mis productos con música libre de derechos, tendría qué pagar o no a la SGAE.

    1. Muchas gracias Araceli. Te lo explico de otra forma: David Bisbal, quien le escribe las canciones y su séquito de copartícipes tienen sus derechos sobre ‘Buleria Bulería’. Como no pueden ir local por local contratan con SGAE para que se pasen ellos por cada local que reproduzca Buleria Buleria. A efectos prácticos en lugar de ir canción por canción, SGAE cobra por todas las canciones que hay en su repertorio. Por eso, si en tu papelería no reproduces canciones del repertorio de SGAE (u otras entidades) no tienes que pagar. Eso si, te buscan las cosquillas por el mero hecho de tener televisión o si está conectada a una antena de televisión.

      Un saludo y gracias por comentar!

      1. Lo 1ue yo no entiendo si tu reproduces contenido de la televisión pública es decir los mismos canales que puedes sintonizar en tu casa que no pagas por ellos porque un bar si tiene que pagar, no es por hacer publicidad ejemplo A3, tele cinco tve tb3 etc etc etc, son canales públicos y lo mismo da verlos en tu casa que en un bar porque la difusión es la misma, no se si se me entiende

  5. Gracias por el post. La información que ofrece la SGAE y demás sociedades es confusa, imposible de entender. No estamos seguros de nada, lo cual supone una clara vulneración de la seguridad jurídica del ciudadano, estamos a expensas sin poder tener certeza alguna de si estamos procediendo o no conforme a la legalidad. Mi pregunta es sencilla: contratando una empresa de música libre de derechos, en la que los autores de la música que ofrecen no son socios de la SGAE ni forman parte de su temido repertorio, ¿estaría exenta de pagar a la SGAE?

    1. Hola Ana, gracias por comentar. La SGAE no es más que una empresa PRIVADA a la que le llegan unos autores y les piden que gestionen sus derechos. Por ello, disponen de medios (especialmente los autodenominados inspectores que no tienen autoridad pública alguna y que comparecen a los juicios como testigos) para gestionar los derechos de los autores. Si un determinado autor no contrata con SGAE (no incluye su obra en el repertorio de obras de SGAE), la SGAE no está legitimada para ejercer los derechos de dicho autor y por tanto, no podrá solicitar a un tribunal que les indemnices (lo que ellos llaman sanción, como si fueran la policía o un inspector de hacienda) por reproducir sus obras. Un saludo!

  6. Hola. Mi pregunta es la siguiente, si en mi local pongo canal de televisión de música, noticias etc. pero es un canal de pago como el que tiene movistar o erre y pago una cuota mensual. ¿Tambien tengo que pagar sgae?. ¿no lo tendría que pagar el canal de tv, puesto que yo les pago a ellos una cuota mensual?. Gracias.

    1. Hola Ramón. La cuota que pagas a la cadena es un valor que establece la propia cadena por sus servicios prestados al ofrecerte contenido. La cuota que te exige la SGAE a mi entender no viene incluida en tu cuota mensual de la cadena salvo que en la facturación mensual te incluya desglosado ese importe. No obstante, per sé, es un acto de comunicación pública y en caso de no estar pagando ya a la SGAE sería conveniente informarte en tu proveedor si en la cuota te incluyen las cuotas de la SGAE. Un saludo y espero haber podido ayudarte.

  7. Hola soy encargado de un restaurante chino, hoy me llamado la sgae para comunicarme que me van reclamar judicialmente por tener una tv en el local. La tv esta siempre apagada. y solo se usa para que los hijos de mi jefe vean los dibujos mientras comen o para escuchar musica mientras preparamos la apertura. Se lo he explicado y me ha dicho que tengo que pagar solo por tenerla puesta aunque no este encendida. Amenazas, mala educación y otras lindezas mediante.

    1. Hola Pedro,

      Las formas de los autodenominados inspectores son siempre pésimas. Tener siempre una TV conectada con un cable es un problema. Ahora bien, habrá que ver si han conseguido pruebas de la tele encendida. Cualquier novedad me comentas.

      Un cordial saludo

  8. Hola, cuento mi caso que creo es digno de ser escuchado.
    Tengo un pequeño bar en el que invierto más de 12 horas de trabajo diario, un hijo menor del que soy tutora legal, y que pasa conmigo en el bar todo su tiempo después de sus clases. El bar tiene tres Mesas y un aforo de 18 personas.
    Ha pasado un inspector de la SGAE y me ha dicho que no puedo tener la tv. ni siquiera apagada, cuando yo solo la conecto para ver la programación de las noticias de la tv. publica y cuando comemos mi hijo y yo a puerta cerrada, o sea que después de pagar religiosamente todos los impuestos de un pequeño autónomo me castigan a no poder hacer uso de la información básica a la que creo tengamos derecho todos los españoles» PARECE SER QUE YO NO» gracias por escucharme.

  9. Buenos días, soy propietario de un bar de 60 metros cuadrados. Pago a vodafone 300 euros mensuales , a SGAE 60 trimestrales, asigne, me exige 40 trimestrales y asgide otros 40. ?no es una locura?
    Necesito asesoramiento profesional porque resulta inadmisible. Gracias

    1. Hola Juan Carlos, muchas gracias por comentar. Lo cierto es que un negocio exige muchos gastos y en el caso de los derechos de autor en ocasiones se convierten en abusivos. ¿Que contenidos reproduces en el bar?

      Un saludo

  10. Hola! Tengo un bar en el que pongo exclusivamente la tele, vinieron la sgae a decirme que les tenía que pagar, por poner antena 3, me negué y hace un mes que me llego una carta del juzgado pidiéndome ese dinero. El abogado me me dice que les tengo que pagar obligatoriamente, pero ellos a cambio me dicen que o quito la tele dl local o tengo que hacer un contrato con ellos. Yo había entendido que teniendo únicamente sintonizadaz 24 horas y teledeporte no había que pagarles, pero ellos siguen insistiendo que tengo que hacerlo solo por tener la tele en el local. Tengo hasta el día 9 para o hacer el contrato o quitar la tele, pero quisiera asegurarme que solo teniendo sintonizados esos dos canales que os digo no tengo q pagarles.
    Gracias

    1. Hola Laura, aunque parezca mentira, la televisión pública no es tan pública como dicen y para exponerla públicamente hay que pasar por la SGAE 🙁 No obstante, si te ha llegado una notificación del juzgado y han interpuesto demanda, habría que ver qué pruebas llevan al juicio y qué pruebas puedes llevar tu para decir que la TV no estaba nunca encendida habiendo clientes. Un saludo

  11. Hola Miguel, interesante artículo. Verás, iba a invertir en abrir un bar de copas pero con la que está cayendo lo voy a tener que retrasar. No obstante tengo algunas dudas respecto a la reproducción audiovisual de contenidos protegidos. La idea de mi negocio es reproducir siempre contenido audiovisual de mi propia videoteca, donde se recogen artistas de todas las épocas, en su mayoría son clips de conciertos en directo, casi todo extranjero, poco nacional. Pero me surge la idea de si es lícito reproducir este tipo de contenidos, y si realmente es posible hacerlo, aunque sea pagando, no me queda muy claro cómo puede hacerse y si existen restricciones.

    Gracias por tu canal, saludos.

    Remy

    1. Hola Remy, muchas gracias por escribir y disculpa la demora en responder. Desde el 4 de junio hemos tenido mucho lío en el despacho con la reapertura de los juzgados y los plazos procesales.

      Bueno, en relación a tu consulta lamentablemente habría que pagar derechos de autor porque la propia videoteca no es más que una recopilación privada de canciones con derechos de autor. Ahora bien, por lo que me comentas (artistas antiguos y normalmente extranjeros) es posible que la SGAE no sea la entidad que gestiona esos derechos de autor. Entra en el repertorio de la SGAE y si esos artistas no están en el repertorio, no tendrías que pagarles.

      Un saludo

  12. Hola Miguel.
    Tengo la obligacion de pagar a las gaes por poner la radio en mi peluqueria?
    si es que no ., hay algun documento que pueda demostrar en caso de inspeccion de esta gente?
    gracias

    1. Hola Juan Carlos, esta gente no entiende de documentos. Van por la vida como si fueran inspectores de hacienda o de trabajo, como para enseñarles un papel… No obstante, en las peluquerías hay un gran debate. Hay sentencias que estiman la demanda y sentencias que las desestiman. ¿Mi recomendación? Música libre de derechos de autor, canal de noticias o si poner música con derechos de autor de un repertorio propio, procura que no estén en el repertorio de la SGAE. Un saludo

    1. Hola Pilar, el gimnasio está, junto a las peluquerías, muy discutido. Ciertamente la música del gimnasio motiva y es un servicio prácticamente esencial sobretodo si hacéis clases de Spinning, Zumba, etc en la que todos se mueven al unísono. Ahora bien, en la sala de musculación podrías prescindir del pago porque la mayoría de la gente va con su propia música. De hecho, se me ocurre que podrías poner música (entre comillas, para tu personal) pero con un cartel invitando a los usuarios que usen cascos (‘Se ruega el uso de cascos para la reproducción de música’) que en realidad tiene un doble sentido: para los clientes, que no pueden poner su música con el altavoz aunque sea absurdo, pero para un juez que cada uno escucha su propia música y la tuya no es de exposición pública. Un cordial saludo

    1. Muy buenos días Alex, estariamos en las mismas. Si en dicho canal se termina reproduciendo alguno de los contenidos de la SGAE, de AGEDI, de AIE o de cualquier otra entidad de gestión y te graban reproduciéndolo tendrás un dificil enfrentamiento judicial

  13. Hola Miguel! Primero felicitarte por el tremendo post y el gran trabajo que estás haciendo para ayudarnos a todos contra estos estafadores (con perdón). Te comento mi caso:

    Tengo un restaurante de comida asiática y solo reproducimos melodías asiáticas de relajación mediante reproductor cd. El año pasado pasaron a inspeccionar y por desconocimiento mío acepté pagar los 500€ anuales que me exigían.
    También tengo una tv , la cual el inspector pasó por alto, (suerte mia) y en la que solo emito canales de noticas.

    Mi duda es: Si no todos los artistas nacionales están registrados en la sgae, menos aún tendrán artistas de la china en su repertorio. ¿Podría prescindir de pagarles por la música?
    Respecto a la televisión , he visto que comentad que por el hecho de tenerlo conectado me pueden pedir que pague ¿sería buena idea poyectar mediante un ordenador las noticias online?

    Saludos

    1. Muy buenos días Toni, muchas gracias por tu comentario. A priori la musica asiatica de relajación me cuesta creer que forme parte del repertorio de la SGAE, pero es cuestión de ver el título o artista de la canción e introducirlo en este enlace: https://enlinea.sgae.es/RepertorioOnline/Buscar.aspx?opcion=inicializar

      Respecto de televisión u ordenador, es indiferente la plataforma. Lo bueno del ordenador es que puedes moverlo con más facilidad y tiene una mejor defensa (que es donde lleváis la contabilidad, donde te entretienes tu solo viendo algún video cuando no hay mucha gente, etc). La TV tiene peor defensa porque su única finalidad es reproducir contenidos y además, está prácticamente fija y conectada a la antena…

      Un saludo

  14. Hola buenas, tengo un gimnasio y me ha venido el comercial de la SGAE para que pague por los derechos de autor de la música, estoy pensando en poner música libre de derechos de autor, hay varias plataformas que te ponen un hilo musical así. Mi pregunta es si con esa música tendría que pagar AGEDI, por el comercial de la SGAE te cobra cada metro por separado para ambas entidades. Espero haberme explicado. Gracias

    1. Muy buenos días Emilio, si la música está libre de derechos de autor, no hay que pagar a nadie porque los autores han renunciado a sus derechos de explotación y nadie puede absorver esos derechos y hacerlos suyos (ni SGAE, ni AGEDI, ni nadie) Un saludo!

  15. Hola Miguel, tengo una inquietud, si ya les pago a la esgae, porque tengo que pagar también a Agredi Aie.org , no se supone que al pagarle a estos chupasangre, ya está todo incluido? Por tu tiempo muchas gracias.

    1. Muy buenas tardes Santiago,

      Bueno, cuando se trata de chupar sangre todos los vampiros asoman. La SGAE te chupará por un lado para pagar a los artistas (al cantante por ejemplo), y AGEDI te chupará para pagar a la productora (a Universal por ejemplo).

      Un cordial saludo

  16. Hola, tengo un bar pequeño y he recibido una carta de SGAE ,como que debo pagar una licencia como que tengo tv y radio. Estoy obligada de pagar? Pide unos 100 euro trimestrial. Gracias.

    1. Hola Emilia, solo deberías de pagar si la TV está conectada a la antena y tienes sintonizados canales como Antena 3 o Telecinco y tienes intención de exponer los canales en el bar. Recuerda que solo pueden demandarte si un ‘inspector’ acude a tu restaurante y graba la televisión reproduciendo contenidos. Si no te pillan, no debes de pagar porque un juez no va a estimar como prueba el mero hecho de tener un televisor (puedes alegar que lo enciendes cuando se van todos los clientes para recoger todo). Un cordial saludo

  17. Buenos dias,
    Hace como cinco años (cuando era autónomo) se presentó un inspector de la sgae en mi bar, yo por aquel entonces ponía el fútbol, así que sin rechistar firme el contrato que rellenó y empecé a pagar.
    Al cabo de un tiempo, pasé de autónomo a s.l y dejé de emitir fútbol por el desfase de los precios y decidí dar la orden al banco de devolver dichos recibos.
    Al cabo de un año aprox. Me llegó una carta del juzgado reclamandome la deuda.
    La pagué en el plazo establecido pero a la vez les envié una carta certificada o burofax (ahora no recuerdo bien) diciendo que pagaba la deuda pero que automáticamente me dieran de baja porque traspasaba el bar(fue la excusa que se me ocurrió y como las facturas ya no vam ami nombre me pareció coherente). Me llamaron por teléfono diciendo que un inspector pasaría por el bar a verificar si era cierto para poder darme de baja.
    Un día pasó el inspector pero yo no me emcontraba en el bar,el camarero les dijo que el no sabia nada que volvieran cuando se encontrara el propietario. Me llamaron diciendo que seguia abierto y que debia de seguir pagando sin verificar nada y sin ver si yo seguia allí.
    Ahora me envian correos electronicos reclamandome recibos devueltos.
    Si vuelven a enviarme una carta del juzgado debo volver a pagar como hice entonces?
    Pueden negarse a darme de baja?
    Si a partir de ahora pongo hilo musical sin derechos de autor y me niego a pagar lo que me reclaman hasta ahora podrian demostrar o llevarme a juicio?
    Muchas gracias por su atención.

    1. Muy buenas tardes José, No me atrevería a darte una respuesta tan contundente como a otros usuarios que se acercan con dudas ya que por tu parte parece que ha habido un expediente judicial en el que han estimado la demanda contra tí y, parece ser, que viene otra en camino. Deberás atender a las pruebas que tienen contra tí: si pueden demostrar en el juzgado que has emitido contenidos (que los has emitido de verdad, no que tienes posibilidad de emitirlos) deberías abonar las cantidades reclamadas.

  18. Buenas noches.
    Me gustaría comentarle lo que me pasó el otro día, tenemos un bar muy pequeño sin mesas dentro, en la cual tenemos un televisor detrás del mostrador en la que ponemos noticias, ya sea el 24 horas, antena 3,telecinco.. Me llegó una carta de del sgae exigiendome el cobro por tener una televisión.Pero ahí no está la cuestión, es que un caballero entró en el bar, hizo una consumición de un café y pidió una factura (de ahí cogió los datos del Nif), no se identificó en ningún momento y sabemos que era de Sgae porque se le olvidó un sobre con las siglas Aisge y a los dos o tres días llegó la carta. Es legal que no se identifique y que puedan coger los datos sin permiso?

    1. Hola Araceli, lamentablemente es lo que ocurre y al menos a mi no se me ocurre alguna infracción con la que poder enfrentarles. Al tener un establecimiento abierto al público asumimos la posibilidad de que estas cosas ocurran. Eso sí, lo que nadie podrá discutir es la falta de escrúpulos de los autodenominados ‘inspectores’. Un cordial saludo

  19. Hola Miguel, muchas felicidades por el Blog!
    Ahora viene mi pregunta a ver si te pone contra las cuerdas jejeje.
    Resulta que un familiar mío trabaja en servicio de transporte de personas que no es una compañía de autobuses sino un coche que transporta personas VTC con una aplicación de esas.
    Lleva dos tablet (que no televisores) atrás en el coche en las que a veces pone Spotify, YouTube, Netflix, los canales de TV, etc (que son todo apps) a los clientes.
    Teniendo en cuenta que dudo mucho que eso influya en la cantidad de viajes que haga (su facturación), que la comunicación debe de ser hacia un público de una cierta cantidad de personas (en un coche sólo caben 4 y generalmente va uno o dos) y que, en todo caso, un vehículo tendrá 3 metros cuadrados jeje. Crees que debería pagar sgae? Hay algún problema por reproducir los contenidos de esas apps en el interior del habitáculo si se considera que no es una publicación de contenidos empresarial?

    Y en caso que haya que pagar sgae supongo que será poco importe al tener el vehículo pocos metros cuadrados, y ya que estamos en un taxi pasaría igual? Porque generalmente llevan la radio puesta, el spotify, Netflix, etc..

    Muchas gracias anticipadas y perdón por el tostón jeje.

    1. Muy buenos días Marcos, me alegro mucho de tu pregunta. Un verdadero quebradero. Como en derecho nada es blanco o negro, sería un interesante debate jurídico en un juzgado y, tal y como somos los abogados, podriamos defender una cosa y la contraria con el máximo ímpetu. En tu caso, si en la App de captación de clientes no anuncia este servicio extra lo vería una buena defensa; pero por otro lado puede influir en los comentarios y valoraciones de su público lo que le hace un mejor competidor y por tanto un elemento importante de su negocio.

      No me agarraría al argumento principal sobre el número de personas. Aunque en un solo servicio solo pueda llevar a 3 personas máximo, a lo largo de la jornada la boral termina exponiéndolo a mucha gente.

      En definitiva, un asunto peliagudo en el que me gustaría litigar en caso de conflicto.

      Un saludo y gracais por tu gran aportación

  20. Yo sólo quiero exponer una idea u ocurrencia:
    Cuando alguien, persona o negocio, deja de pagar un servicio contratado es lógico que el suministrador deje de prestarle dicho servicio (internet, luz, gas…)y reclame la deuda mediante un proceso monitorio o llevándolo más lejos.
    Por lo que he leído en los comentarios de este hilo, si esa persona o negocio quiere seguir teniendo acceso a contenidos audiovisuales sin pagar a SGAE está obligada a analizar escrupulosamente que dicho material no está protegido por los derechos de un autor socio de esa entidad . Y aquí viene mi pregunta tonta:
    ¿Porqué SGAE no corta el servicio de sus contenidos protegidos cuando alguien se niega a pagárselos? A mi modo de ver la música protegida por SGAE es como el humo de los escapes de los automóviles, está ahí y lo respiro sin que yo se lo haya pedido a los conductores, por lo que veo ilógico pagar al Real Automóvil Club por los derechos de autor de sus conductores socios .
    Y digo que SGAE corte sus contenidos protegidos, y no que prohíba o impida a nadie la instalación de aparatos reproductores ni que imponga el pago por servicios que no presta.
    En la actualidad la tecnología permite o deniega el acceso a los servicios y así la compañía de cable abre o cierra canales de TV de pago, la compañía eléctrica con sus contadores digitales corta y restablece a voluntad e inmediatez el suministro. Del mismo modo al que no quiera música de SGAE en su televisor que no se la impongan, que eviten que le llegue pero sin que le nieguen el acceso a contenidos sobre los que no tienen competencias, caso de los deportes, las noticias, documentales…
    Yo tengo una cafetería, a mí y a mis clientes nos la refanfinfla la música de SGAE, pero tengo que pagarles porque tengo un televisor conectado a una antena por la que le llega música que no les pide nadie.

    1. Muy buenos días Claudio,

      Es interesante tu reflexión y extrapolable a cualquier otro ámbito. No obstante la situación es algo distinta en tanto que la SGAE, por el mero hecho de tener un televisor y una entrada de antena no puede exigirte el pago de las cuotas. Y es que puedes tenerla desenchufada o reproducir música y contenidos cuando no hay nadie mientras limpias el local o haces inventario. Incluso puedes tenerla encendida conectada a internet y escuchando música de plataformas como Jamendo.

      Eso sí, es mejor cobrar que bloquear.

      Un saludo y muchas gracias por tu reflexión

  21. Una consulta, si tienes Amazon Prime en un bar o Netflix que por ejemplo este último ha acordado el pago de derechos de la Sgae, tienes que abonar a Sgae por tener el netflix conectado???. Entiendo que si pago por eso y Netflix tb ha pagado está cobrando doble, no? Seria legal?

    1. Muy buenas tardes Josera. Te transcribo las condiciones de Netflix en cuanto a la suscripción que haces a su canal de contenidos: «4.2. El servicio de Netflix y todos los contenidos que se vean a través del servicio son para tu uso PERSONAL y NO COMERCIALIZABLE y no se pueden compartir con individuos fuera de tu hogar. Durante tu suscripción a Netflix, te concedemos un derecho limitado, no exclusivo e intransferible, para acceder al servicio de Netflix y ver contenidos de Netflix.»; y también «4.6. Aceptas no archivar, reproducir, distribuir, modificar, exhibir, ejecutar, publicar, licenciar, crear trabajos derivados, poner a la venta, o (salvo lo autorizado de modo expreso en estos Términos de uso) usar contenidos o información contenida en el servicio de Netflix u obtenidos a través de él o en él.»

      Un cordial saludo

      1. Hola tengo un restaurante y desd el covid q no utilizamos tv ni musica lo he desconectado todo he tramitado para q m den de baja y como el «inspector» no viene continuan facturandome.q puedo hacer?

  22. Lo primero, agradecerte el post. Muy buen post y muy buenos comentarios. Me los he leído todos.
    Te comento, yo tengo un bar, no enciendo la tele nunca, la tengo solo para poder ver las cámaras de grabación. No tiene ni antena conectada, es imposible sintonizar un canal. Pues llegan los amigos de la SGAE y me dicen, que por tener la tele colgada de la pared, les tengo que pagar.
    Les he contestado diciendo que me manden a un inspector, para que lo compruebe.
    Como me han mosqueado tanto, voy a descargarme música sin derechos de autor, con licencia Creative Common, y la voy a poner para que suene. Actualmente no tengo nada puesto.
    ¿Tengo yo que demostrar que la música está libre de derechos, o son ellos los que deben hacerlo?
    ¿Me pueden intentar cobrar solo por tener la tele colgada de la pared?
    Muchas gracias por tu atencion

    1. Muchas gracias Carlos por escribir y también por compartir tu experiencia, que también enriquece mis conocimientos. Si es tal y como me cuentas, la SGAE no tiene nada que facturar en tu local y no tienen derechos de explotación sobre un televisor. Ellos solo cobran una tasa para pagar a los artistas amparados bajo el paraguas de la SGAE.

      En todo caso, quienes deben demostrar que estás consumiendo música protegida por ellos es la propia SGAE. Lo único que puede ocurrir si te pillan reproduciendo música sin derechos de autor es que te busquen las cosquillas si salta algún anuncio con su música o similar, pero ya hay que tener mala suerte.

      Si quieres profundizar un poco más en la respuesta o consultar sobre algún aspecto de tu local y tu situación jurídica, te animo a utilizar mi nueva área de consultas online en la parte superior del menú que, además de económicas, ayudan a que pueda seguir creando contenido como este.

  23. Buenos días Miguel, ante todo felicitarte por tu post, ha sido de mucha utilidad, me he leído todos los comentarios, por favor desde la ignorancia en el tema referido quiero hacer una pregunta.
    Yo tengo una tienda de venta de abrigos, y lo que coloco es en youtube mix sinfonías musicales por lo general jazz de autores asiáticos o franceses o americanos, pero lo hago x internet desde youtube, y desde hace dos semanas tengo a los de AGEDI y SGAE, todos los días al teléfono.
    Estoy obligada a comprar su licencia?

    1. Hola Elsa, sé que es una tarea complicada pero si la música que reproduces no forma parte de los repertorios de estas sociedades no debes pagar (en caso contrario, sí). Ellos no pueden plantarte una demanda y decir que reproduces su música. Deben aportar las grabaciones en las que se vea tu local reproduciendo su música.

      Un cordial saludo

  24. Hoy me han llegado a mi. Y la verdad lo veo pesimo el pasotismo que tenemos con estos decretos que no son nada coherentes. Nos pasa por no manifestarnos. Y me pregunto…el que tiene un taller de herrero y tiene una radio,le cobran tambien? Es un veneficio para el,no? El trabajador esta mas animado y rinde mejor. No? Basura todo,cada vez nos exprimen mas.

  25. Tengo un restaurante en un polígono de Aldaia, estos días hemos recibido la visita de una inspección de los susodichos,solo pongo la uno de TVE,pues nada,según ellos a pagar. Mi pregunta es la siguiente ¿ Puedo poner las televisiones con el canal 24 oras noticias online? ¿ Me libraría así del pago? Gracias y un saludo.

  26. Buenas!
    Me gustaría que me aclaraseis un punto, si yo pago a la Sgae tengo derecho a reproducir su catálogo, el que yo reproduzca voluntariamente como el que reproduzcan terceros (tele, publi, etc) y qué pasa con los derechos de comunicación de los artistas representados por otras agencias? ¿Podrían reclamarme otros esos derechos? Y en el caso de pagar a otra agencia como Jamendo, Unison, Soundreef, etc.. ¿tengo derecho a poner la tele, suene lo que suene?

  27. y digo yo… Mi negocio tiene licencia de bar sin música. En todo caso quien me puede multar es el Ayuntamiento. Como quieren cobrarme estos listillos de las Gaes, por algo que no tengo permiso?. Y otra cosa… a 2 amigos les han mandado 2 tacos del Juzgado de lo Mercantil, exigiendoles el pago a Gaes. Han hecho fotos en sus locales, les han hecho fotos a ellos dentro de la barra. Saben sus nombres, dni, tiempo que llevan los negocios abiertos. Como cogen esas informaciones, quienes se las dan, donde está la Protección de datos?

    1. Buenos días Francisco,

      La protección de datos se aplica a las personas físicas en el ejercicio de su vida privada y dicha información solo se dirige al juzgado para el ejercicio de un derecho. Por ello, están cubiertos al haberlos realizado en un establecimiento abierto al público y a profesionales. Desgraciadamente, esa no es una vía de defensa.

      Un cordial saludo

  28. Hola Miguel, enhorabuena por el post. Tengo en proyecto la apertura de un bar temático dedicado al futbol, futbol histórico, etc… Entiendo que lógicamente debo pagar a la SGAE, pero me surge la siguiente duda. Si emito a través de canales de internet contenido de futbol histórico, ¿tendría que pagar por ello? Y por las fotos con las que pensamos decorar el local, ¿también tendríamos que pagar por exponerlas en el local? Muchas gracias por tu ayuda.

  29. Enhorabuena por el post. Tengo una pastelería y he recibido una visita de un comercial de la sgae tengo una pregunta en el obrador que estoy yo solo puedo tener un televisor??

    1. Muy buenos días Antonio, muchas gracias por tus palabras. En el obrador, sin acceso al público y para entretenerte mientras trabajas sí. No hay comunicación pública que valga. Un cordial saludo

  30. Saludos. Tengo una churreria en la que tengo sintonizado canal 24 horas. A partir de la una del mediodia, pongo musica para limpiar y adecuar el local. La hora de cierre al publico son las 12:30. La sgae me dice que les tengo que pagar. ¿en cierto?. Gracias y enhorabuena por el trabajo

    1. Muy buenas tardes Juan Carlos,

      Muchas gracias por tu mensaje. La cuestión de fondo es si acometes un acto de comunicación pública, aunque sea con el canal 24 horas de fondo. Si lo escucha el público que accede a la churrería debes abonar la cuota. Ahora bien, desde el punto de vista práctico, si puedes cerciorarte que cuando hay público la televisión está apagada y desconectada, podrás tenerla en el local porque ningún ‘inspector’ podrá recabar pruebas que te inculpen.

      Un cordial saludo

  31. hola me llamo fernanda aponte de merida tengo un bar me cobran esgaes cada 3 meses lo cual cada 3 meses las cuotas son diferentes (que no se si es legal)
    Ahora me quieren tambien hacer pagar Agedi por las teles como me e negado a pagar a agedi que son tarifa aparte de la esgaes me quieren meter en juicio
    Esto es legal o que gracias

  32. Buenos días, han hablado de Netfilx, pero y el Youtube normal, no el musical, se puede poner sin tener problemas? En teoría ellos filtran el contenido con derechos y lo eliminan del canal.
    Gracias.

  33. Hola,
    Para calcular la tarifa según los metros cuadrados se indica que hay que medir el espacio destinado al público (sin aseos ni vestíbulos) e…¿incluyendo la barra del bar?
    ¿Es así? El espacio destinado a clientes…no es la barra…

    1. Hola Nuria,

      El cálculo se realiza por metros cuadrados de acceso público, por lo que entiendo la barra debe ser incluida en el cálculo de la tarifa.

      Un cordial saludo

  34. Buenos días, en la actualidad tengo un establecimiento de hostelería que solo emite el 24h y canales deportivos incluidos dentro del paquete Fusion bar, que incluye un pago por exhibición pública. Emitiendo solo estos contenidos y retirando el resto de canales de mis televisiones. ¿Debería pagarle a la SGAE?
    Muchas gracias

    1. Hola Nuria,

      Si bien es un riesgo porque seguramente implicará algún enfrentamiento con la SGAE, en mi particular opinión si ya estás pagando una licencia de exhibición pública por el fútbol no deberías pagar a la SGAE si bien recomendaría desintonizar el canal 24h, ya que este canal de forma directa o indirecta reproduce contenidos del repertorio de la SGAE.

      Un cordial saludo

  35. Mira que quieres que te diga, si el sector de la industria musical está tan jodido es por cosas como esta. En este país entendemos que el cine se paga, el teatro, el futbol, la formula 1, hasta entendemos que nos cobren por ver cuadros en un museo… pero la música? La música no… La música es gratis no? Si en tu bar pusieses el futbol desde una antena pirata entenderías que te cayese un puro si te pillan. Si declarases 1000 cuando has ganado 2000 entenderías que Hacienda te pegase un puro. Incluso entenderías si llegan a demandarte Universal Studios si todos los viernes pusieses en el bar películas de esta productora desde una web pirata de internet. Pero la música… ah la música no. Amigo, si tu bar quieres que se ambiente con cierta música, la pagas. Si no, buscas música libre de derechos y la pones. Esto de buscar triquiñuelas para no pagar es joder a muchos artistas que no reciben lo que les corresponde (obviamente un bar no inluye pero como lo hace toda España…) Y para los que digan «si viven dpm», efectivamente, pero eso los pocos más tops, los demás a pagarlo y la de artistas emergentes que se quedan sin cobrar que se yo, igual 25, 50 o 200 euros anuales por estas cosas, pero es que es dinero que les pertenece, porque os estais apoyando en su contenido, ah pero como es música… Simplemente dadle una vuelta y veréis como con ciertos temas se tiene muy claro que hay que pagar, pero con la música?.. pero si es gratis!!!

    1. Hola Avery,

      Comprendo tu razonamiento y el presente artículo no trata de evadir deberes de los empresarios. Trata de informar sobre derechos y sobre obligaciones. Y es derecho del propietario de un negocio saber cuándo tiene que pagar y cuándo no, así sobre cómo comportarse cuando recibe una visita hostil y capciosa por parte de un empleado de SGAE. La música hay que pagarla, por el precio que el mercado fije y por los medios legales previstos para ello.

      Un saludo

  36. Hola buenas, yo tengo un bar y he estado pagando SGAE. A la entrada de este nuevo año 2022 me suben la tarifa sin previo aviso y sin que yo haya firmado un nuevo contrato. Es decir, me reclaman una tarifa que yo no he acordado con ellos y la cual me niego a pagar ya que yo no he firmado esa cantidad. ¿Qué puedo hacer?

    1. Hola Daniel:

      A priori, el contrato debe remitirse a las tarifas públicas que la SGAE da a conocer a través de su portal web. Y dichas tarifas establecen unas actualizaciones anuales. Si consideras que el precio para 2022 se encuentra lejos de esas tarifas, puedes reclamarlas.

      Un cordial saludo

      1. Hola.Llevamos pagando recibos de SGAE MAS DE 20-25 AÑOS. CUOTA ES 75€ cada trimestre.Tenemos 2 bares y música inglesa por SPOTYFAY. televisor va por canales inglesas también ya que nuestros clientes son 90% turistas extranjeros.
        NUNCA ME MANDAN FACTURA. . solo tengo recibo de cobro en el banco y eso no sirve en agencia tributaria para declarar. se necesita un contrato para que cobren? han subido las cuotas ya que al principio se cobraban en pesetas.Pedire una copia y también las facturas en condiciones.Tengo derecho.
        Muchas gracias por todos los informes que están dando

  37. Hola Miguel, tengo un bar en el que pongo música libre de derechos de autor a través de la página de Jamendo por lo que no pago a la SGAE. Pero ahora me están presionando desde la AISGE, me han mandado un contrato para firmar que no he firmado, además de dos facturas que no he pagado y está última semana dos cartas certificadas de un despacho de abogados exigiéndome el pago de las facturas o me pondrán una reclamación judicial. El caso es que en mi establecimiento solo se pone en la televisión el informativo de la mañana de TVE, desde las 6:30 a las 9:30 de la mañana. Este tema me está quitando el sueño y no sé qué hacer. Un saludo Carlota.

    1. Hola Carlota, muchas gracias por escribir. Siendo concisos, si ellos tienen pruebas (testigos o grabaciones) de que en tu local se ha reproducido el informativo de la mañana de TVE y, de dicho informativo, se han expuesto imágenes de obras teatrales o fragmentos de películos/series vendrás obligada a pagar. Este tipo de comunicaciones públicas, en canales públicos -que cualquiera puede reproducir en su casa- y con finalidad informativa no deberían estar amparado por la Ley de Propiedad Intelectual pero el caso es que se entiende que tiene un impacto directo en el servicio de hostelería y, por tanto, debe pagarse.

      Desconozco las circunstancias de la reclamación y los medios de prueba de los que disponen, pero recomendaría desconectar la TV o reproducir en ella música sin derechos de autor con imágenes igualmente sin derechos de autor.

      Un cordial saludo

  38. hola miguel , tengo un bar de barrio , llevamos 2 meses abiertos y al principio solo ponia noticia o la tve1 , pero despues de tanta mala noticia decidimos poner la musica de LOS CUARENTA CLASSIS , hoy me llego una carta de la SGAE para que el plazo de 15 dis me ponga en contacto con ellos para abonar la correspondiente cuota , deberia de hacerlo , yo no tengo ni futbol y ningun canal de pago , solo la television y la musica es la que te comente , LOS CUARENTA CLASSIS
    Gracias de antemano y un saludo

    1. Hola Nuria, lamento responder tan tarde. No siempre puedo sacar tiempo para el placer de relacionarme con vosotros. Si reproduces los 40 principales como cualquier otra emisora de radio, habría que pagar a la SGAE la cuota correspondiente a los metros cuadrados utilizados por tratarse de un acto de comunicación pública.

      Un cordial saludo

  39. Hola, si el bar tiene licencia de bar-cafetería (licencia de actividad) pero no contempla Tv, pagando el canon a la SGAE, ¿pudiera tener la tele para «ambientar» con videos de youtube o el spotify?

    La policía municipal se limita a decirme que mi licencia no incluye la tele y no «debería» ni encenderle, pero no me lo prohíben.

    Muchas gracias,
    Saludos.

    1. Hola José, muchas gracias por escribir. La licencia de la que hablas se trata de una licencia administrativa para tener abierto un local y, respecto de la TV y equipos de música, igualmente se trata de una licencia administrativa para controlar la emisión de ruidos en establecimientos debidamente insonorizados. Nada que ver con la licencia de la SGAE para reproducir sonidos protegidos por derechos de autor que, en el caso de ser Youtube o Spotify, desgraciadamente habría que abonar la correspondiente cuota.

      Un cordial saludo

  40. Buenas, todos los años se realiza una romería ( fiesta popular) al aire libre en plan medieval. Pertenezco a una asociación cultural y tenemos una carpa montada con una pequeña barra a modo de bar. Ese día llevamos un equipo de música para amenizar un poco el ambiente en la carpa, al ser al aire libre y en puesto ambulante puede sancionar de igual forma la SGAE? Que sanción podría recaer?

    1. Hola Antonio, ya la Sentencia 460/2017 de 4 octubre de la Audiencia Provincial de Pontevedra condena a una Asociación Cultural que no abonó la cuota correcta a la SGAE en verbena de un pueblo gallego. Por lo tanto, el ser una asociación cultural no exime del deber de abonar a los autores de las canciones su correspondiente cuota.

      U cordial saludo

  41. Muy buena pagina , les cuento mi caso, tengo una cafeteria Churreria y en el mismo local una receptor mixto de loterias y apuestas del estado , tengo 4 monitores,

    En dos de ellos solamente salen diapositivas de mis productos, ( churros, pasteles, helados , fotos de mis camareros etc ) , estos dos monitores no tienen señal de tv ni sonido ..

    En otro monitor la señal de loterias y apuestas del estado que anuncia los botes que hay , los premios etc,

    Y en el monitor que me queda suena musica , de una plataforma que pago que se llama ( imagina sound ), esta plataforma me a dado un certificado de que toda la musica que tienen es libre de derechos de autor.

    Tambien tengo un cartel informativo en el cual explicamos que renunciamos expresamente a todo el repertorio que pueda tener la sgae, y tambien explicamos en dicho cartel que tenemos contratado hilo musical libre de derechos de autor, y que los dos monitores que quedan son para reproducir diapositivas de nuestros productos, y no tienen ni sonido ni señal de tv.

    En definitiva entiendo de que no tengo ninguna obligacion de pagar a la sgae,

    Usted que me dice¿¿¿

    1. Hola Juan Antonio:

      Considero que la audiovisual que has hecho en tu negocio es excelente a la hora de evitar la espada de la SGAE. Los televisores que reproducen contenido propio exclusivamente no están sujetos a las tarifas de la SGAE y, seguramente por lo que comentas, de ninguna otra Sociedad de Gestión de derechos de autor. Respecto de la reproducción de contenidos copyleft, tampoco hay que pagar a la SGAE como ha reiterado en numerosas ocasiones la jurisprudencia. Te recomiendo guardar bien ese certificado.

      Un cordial saludo

  42. Buenos días, somos una asociación deportiva sin ánimo de lucro, concretamente un club de tenis y en el local social queremos contratar un servicio de tv que nos permita ver el tenis y otros deportes.
    Podríamos contratar como particulares o hay que contratar servicios como si fuésemos un bar?
    Tenemos una cafetería regentada por una empresa que da servicio a los socios, pero la tv está en las dependencias comunes del club y sería un servicio contratado por nosotros.
    Muchas gracias

    1. Hola Andrés, gracias por traernos tu particular caso. Según se desprende de la ley de propiedad intelectual, el acto de comunicación supone «el acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas». El hecho de ser una entidad sin ánimo de lucro no repercutiría en el concepto de acto de comunicación pública, por lo que considero que supone un servicio extra a sus socios y habría que pagar por ello.

      Un cordial saludo

  43. Hola, si no tengo altavoces en la terraza, por qué me lo cuentan dentro de los m2 disponibles? Es legal o debo reclamar? Gracias!
    Nota: para dejar de pagar con canciones Creative Common me piden un certificado de alguna web que pase ese tipo de canciones. Hay que pagar pero mucho menos.

  44. Hola Miguel.
    Quería preguntarte que tengo un canal propio del YouTube
    y una panadería pastelería cafetería.
    he puesto una tele sin entrada de antena porque no tengo antena en el local
    y pongo mi canal con mis videos de cocina en ella
    solo eso y sin voz para que no nos distraiga al despachar a los clientes.
    tengo que pagar a la SGAE por eso.
    Atenta mente.
    Isabel.

    1. Hola Isabel:

      Aunque andas al filo de la navaja, es legal reproducir tu propio contenido creado por ti en tu local abierto al público (ojo si utilizas canciones protegidas por la SGAE al editar tus videos). Y digo que andas al filo de la navaja porque a la SGAE le costará bien poco darte un susto y enviarte a un Juzgado acusándote de tener Youtube enchufado reproduciendo videos de sus artistas protegidos. Ahora bien, si lo haces correctamente, jamás podrán probar que reproduces música de sus artistas.

      Un cordial saludo

  45. Hola Miguel, yo tengo una pizzería a domicilio, sin mesas pero en ocasiones viene gente a buscar pizzas al local. En estos días recibo cartas y me han llamado en 2 ocasiones y intentan cobrarme, crees que debo pagar por escuchar música de Youtube en mi caso??

  46. os comento brevemente abri con mi socio cb restaurante en el 2018 bajacb, por qué mi socio se fue, a día de hoy trabajo con mi nombre DNI.
    a día de hoy me reclaman cantidades 312€ por deuda porque llevo 8 meses intentado que me agan revisión y no hay manera por lo que enero de 2022 fue devuelto por el banco el recibo trimestral de 80€mi pregunta : porque tengo que pagar por 4 televisiones y 1 minicadena que la revisión la tuve en 2018 y no hay manera de que vengan, y desde esa fecha ceso la CB y hay 1 tele solo. pago lo que tengo no pago lo que no tengo desde 2018

  47. Hola Miguel,
    Tengo un restaurante en el que pongo una lista de spotify por lo que pago cada mes. Una televisión que no ponemos nunca. Ayer recibí una llamada de un agente de la SGAE, me reclaman 353 euros por 3 temporadas de verano. Estoy obligada a pagarlo?

  48. yo tengo un restaurante show abrimos solo los sábados noche y la sgae me cobra 2 conceptos que no entiendo uno de 120 y otro de 30 y nadie me explica que es so lo o pago por sonido no por imagen no tengo televisiones , pero es una exageración pagar sobre 130 al mes de sgae.sabrias decirme de qué son esos dos conceptos

  49. hola me llamo Jefferson. y tengo una duda muy. grande que me. gustaría preguntar. tengo un bar el cual pongo música pero tengo YouTube premiun el cual pago por. tener. a pesar de tener YouTube premiun tengo que pagarle a sgas donde. estoy pagando por. escuchar música. todo los meses. me gustaría saber. eso sí. pagando YouTube premiun tengo que pagar tan bien a sgas

    1. Hola Jefferson, respecto de Youtube Premium pagas por una licencia (derecho de uso) personal y no comercial de la misma, por lo que no sería recomendable utilizar Youtube en el bar.

  50. Hola acabo de abrir un local en la licencia pone que es cafe bar de categoría especial.
    Hace unos días se personó una persona diciendo que era del sgae y que quería hablar con el gerente, yo le dije que no estaba y que no podía facilitarle ninguna información porque no me fiaba de ella.
    Hace unos días me ha llegado una carta certificada que tengo un plazo de 15 días para contratar con sgae y agedi.
    El local está enfocado estilo pub y si tengo música pero es de imaginasound sin derechos de autor y que no están en el repertorio de sgae.
    Porfavor me pueden decir si puedo tener problemas con la sgae?
    Entiendo que agedi si debo pagar pero a sgae?…
    Muchas gracias por su atención.
    Saludos

  51. Buenos días, y enhorabuena por el blog. Tengo abierto una academia de baile hace dos semanas y he recibido una carta de la SGAE dándome 15 días para responder por supuesto uso de material del que tienen derechos. Mi duda es ¿si confecciono una lista de canciones que no aparezcan en el repertorio online de la SGAE https://enlinea.sgae.es/RepertorioOnline/ tengo que pagar sus servicios? Para las clases usamos no más de 10-12 canciones, y he comprobado que no están en su repertorio (son canciones de los años 20-40, algunas de las cuales pasaron a domino público) ¿O es necesario contar con cesión explícita de derechos de autor o de copyleft?

  52. hola te escrito varias veces pero sin repuesta me gustaría saber si. yo tengo que pagarle a la sgae por tener en mi local. una TV que tramite noticia y alguna ves fubol pero esa siempre. esta. en cilencio y tengo otra que solo se utiliza. para ver Netflix. yo tengo que pagar para ver Netflix

    1. Hola Matt: lamento la demora en responder. Procuro dar una respuesta a todos los que me escriben, pero lo primero son los asuntos judicializados, después las comunicaciones de los clientes y finalmente, de los visitantes de este espacio web.

      Tu respuesta se resuelve tanto con la información del post como con el resto de respuesta a usuarios: no se puede reproducir contenidos en un bar, sean de la plataforma que sean, si tienen derechos de autor y no pagas a la SGAE por su reproducción pública.

      Un saludo

  53. Hola Miguel. He estado leyendo tu blog a ver si encontraba la información que necesito, te comento. Desde la pandemia mi novia cerró el bar que tenía a su nombre, aunque no lo gestionaba ella, era su ex el que lo llevaba. El caso es que ha venido una carta a casa diciendo que debe una cantidad muy alta de sgae y que es del 2016. Yo no sé hasta qué tiempo tienen para reclamar esta gente deudas. Y es más, si el bar lleva cerrado 3 años ya ¿Como podemos reclamar que esa deuda no es la que ellos dicen?
    Gracias.

    1. Buenos días Ricardo:

      El plazo de prescripción de la acción de la SGAE frente a su pareja es de 5 años (el plazo general del artículo 1964 C.c.). Y a ello hay que sumarle que durante el periodo de confinamiento (83 días creo recordar), este periodo se suspende, por lo que legalmente podrían reclamar deudas de hace 5 años y 83 días.

      Ahora bien, esta deuda debe reclamarse al representante legal del negocio. Desconozco qué significa que ‘no lo gestionaba ella, era su ex el que lo llevaba’ pero si existe un documento ue acredite la transmisión del negocio en favor del ex, será este último quien responsa por ello.

      Un cordial saludo

  54. Buenas. Tengo una pequeña tienda y bar. Todo junto en el mismo local.
    Nunca pongo música. Solo el telediario. Tengo que pagar Sgae?!

    Esto ño llevaba mi padre antes de jibilarse. Tiene ahora 82años y le siguen pasando las cuotas al banco…o sea…sigue pagando. 90€…Esto es correcto?! puedo evitar pagar? Estoy obligado a pagar? Michas gracias.

  55. hola Miguel,tengo un restautante japones,y usamos spotify poner musicas japonesas,y me llamó SGAE para pasarme los recibos,dijo que ponga lo que ponga tenemos que abonar la tasa,que puedo hacer?tengo que pagarle si o si?garcías

  56. Buenas Tardes,

    Tengo un chiringuit donde pongo musica con spotify tndria que pgar sgae? si es asi, que es lo que tengo que pagar si mi local es totalmente exterior menos la barra.

    Un saludo

  57. hola, hoy leyendo tu artículo me gustaría que me ayudaras.
    Tengo un gimnasio, no tengo televisores, no tengo sala de actividades dirigidas.
    Es un gym con máquinas de cardio y musculación.
    mis clientes vienen a entrenar, No vienen a escuchar música, de hecho el 90% de mis usuarios tienen sus auiriculares y musica propia.
    Tendré los mismos clientes ponga la música que ponga, como si la quito. por que debemos pagar a Sgae, Agedi y todas estas empresas? por que la cuota no es nada pequeña y va subiendo…

  58. Hola Miguel, mi caso es que mi mujer lleva un Bar Rte. y hoy recibió la visita de los SGAE. Tenia la radio puesta en el aparato tv no sabe decir que emisora, supongo dará igual. Le han dicho quienes eran, que ya habían venido antes y que tenía que pagar las tarifas correspondiente de SGAE, 1€/día si usa la radio y 1,20€/día si usa la tv. Que por las dimensiones del local que eran superior a 50 m cuadrados (si tiene mas de 50) tenia que pagar. Mi pregunta es: Es por metros del establecimiento? porque aquí he visto consultas de bares pequeños que también les han pedido pagar la tarifa. Hay que descolgar la tv o con desconectar el cable de antena tv dejándolo visible su desconexión es suficiente?. Otra cosa, le ha dicho que han estado antes y ella no sabe nada, podrían haber ido con el anterior propietario ya que mi mujer lleva el bar desde hace dos años. Le han dicho que le mandarán por correo todo y si no lo rellena y firma la denunciarían. Ella les ha dicho que no va a pagar que no sabia nada y que quitará la tv. Ellos se han despedido diciéndoles hasta pronto o sea que volverán. Si vuelven y ven que ya no esta la tv podrán denunciarla?
    Ella no hace uso de la tv ni la radio para motivar el consumo de los clientes, alli va la gente a comer y consumir no es un bar de cerveceo y no van alli a escuchar música ni a ver la tv.
    Gracias, un cordial saludo

  59. Hola Miguel… mi caso es que tengo un local con licencia de café-bar sin cocina y sin música.
    O sea, no tengo licencia para música, pero en caso excepcionales sí que la pongo, arriesgándome a que venga una inspección de medio ambiente y me pueda multar o incluso precintar el local. El otro día recibí una carta de la SGAE, comunicándome que tengo 15 días para hacer el contrato con ellos. La cabeza me estalla pensando cómo voy a pagar por poner una música que es ilegal. ¿Me podrías aclarar cual es mi situación?….

  60. Muy buen post y muchas gracias por la información, es de gran ayuda.
    En mi caso tengo un centro de entrenamiento personal en el cual entrenamos a puerta cerrada, no es un gimnasio al uso. Tengo la música de fondo simplemente para amenizar y sin duda no saco más ganancias por tener la música puesta ni tan siquiera es un reclamo para que entre más gente o se quede más tiempo.
    A pesar de esto, un señor que dice ser «inspector» de SGAE, me dice que tengo que pagar un impuesto por derechos de autor.
    Podría reproducir música que me apetezca y en caso de que esta persona llame al timbre para hacer una «visita» poner música libre?, o según tú experiencia que debo hacer?
    Gracias de antemano, un saludo.

  61. Buenos días el otro día recibí a un inspector de la SGAE a los pocos días recibí una carta de ellos exigiendo el pago!! Por tener radio en mi tienda de ropa les dije que reproduzco música sin derechos y les envié el contrato que tengo a lo que me contestasen que igualmente tengo
    Que pagar agedi e aie! Eso
    Es cierto ?

  62. Hola Miguel,
    Desde departamento sgae me quiere cobrar Agedi Y AIE.
    Tengo contratado jamendo desde hace 3 años , mi local de comercio es una tienda, Pongo musica de ambiente todos atraves de jamendo.
    Desde hace 2 años ya me amenazo Sgae a demandarme.hoy ha vuelto hacer.
    Lo que me reclama es por uso altavoz a cara publico o eso le entendi en su dia.
    es Legal eso? teniendo vigente contrato con jamendo y

    1. Hola Luis:

      Entiendo que el día que te demanden será porque tienen una grabación tuya reproduciendo contenido protegido. Y salvo error, en Jamendo no hay contenido cuya protección gestiona la SGAE, si no que es todo licencias Creative Commons.

      Un saludo

  63. Buenos días
    Después de leerme todos los comentarios , no me queda claro que contenidos son legales de los canales de televisión :
    -Se puede poner la primera y la dos y el canal 24 h ?
    -O simplemente por tener una televisión te cobran.
    Tengo una cafetería y ponemos la televisión y la sgae quiere cobrar,
    -Puedes especificar que canales podemos poner y eludir el pago? .
    no me queda claro, creo que con solo ver una tele ya quieren cobrar.
    -Pueden hacer fotos de tu local sin ningún permiso?.
    -Es licito las formas y maneras con las que vienen a los locales?
    -Como nos podemos defender ante estos personajes?
    Los dueños de bares soportamos tantos gastos que solo pagamos y pagamos
    -Que derecho tenemos ante estos depredadores?
    Gracias de antemano por la respuesta

    1. Hola Victoria:

      Lamento no haber podido ser tan claro en todos mis comentarios. Los he revisado y encuentro uno más claro que los demás, de 5 de julio de 2020, en el que explico a una lectora que la TVE no es tan pública.

      Tener una televisión no exige pagar a la SGAE. Lo que exige pagar a la SGAE es reproducir contenidos protegidos y que te pillen haciéndolo. Y en todos los canales públicos (desde la 1 hasta la sexta, y más) se reproducen canciones. Puedes tener una televisión en la cafetería y reproducir únicamente música no protegida por derechos de autor.

      Un saludo

      1. Buenas tardes Miguel,
        Expongo brevemente. Tengo un pequeño hotel de 15 hab., sin tener tv en salón ni nada en zonascomunes, exclusivamente en habitaciones. Los tv son smart tv y no están conectados a antena de tv, sólo a modo de reproducir pantalla del movil de los clientes para que puedan ver lo que ven en su móvil pero a mayor tamaño así coml el acceso a netflix para que el cliente que quiera, pueda logearse con su usuario, sino no se puede ver.
        Entiendo que yo no estoy emitiendo en público (pese a considerarse una habitación un espacio privado y no público) ymuchomenos antes una «pluralidad de personas» como dicen ellos, pues solo tengo habitaciones individuales y dobles, y que yo entienda, dos personas no es una pluralidad según la RAE.
        ¿Estaría obligado apagar a estos injustos recaudadores?
        Mil gracias por la ayuda.

  64. Buenas, mi pregunta es tengo un bar y ya pago AISGE, pero me han llamado de SGAE, tambien tengo que pagar SGAE?? aunque pague ya AISGE??

    Espero su respuesta,
    Muchas gracias!

  65. Buenas tardes Miguel,
    Expongo brevemente. Tengo un pequeño hotel de 15 hab., sin tener tv en salón ni nada en zonascomunes, exclusivamente en habitaciones. Los tv son smart tv y no están conectados a antena de tv, sólo a modo de reproducir pantalla del movil de los clientes para que puedan ver lo que ven en su móvil pero a mayor tamaño así coml el acceso a netflix para que el cliente que quiera, pueda logearse con su usuario, sino no se puede ver.
    Entiendo que yo no estoy emitiendo en público (pese a considerarse una habitación un espacio privado y no público) ymuchomenos antes una «pluralidad de personas» como dicen ellos, pues solo tengo habitaciones individuales y dobles, y que yo entienda, dos personas no es una pluralidad según la RAE.
    ¿Estaría obligado apagar a estos injustos recaudadores?
    Mil gracias por la ayuda.

  66. Hola Miguel

    Mi mujer y yo tenemos un pequeño bar en el pueblo y hace unos días recibimos por debajo de la puerta un carta que teníamos que pagar a SGAE.
    Estamos pagando cuota de Movistar y de Spotify, ¿tenemos también que pagar la cuota de Sgae y Agedi?

    Gracias por este contenido

  67. hola aqui la contestación/opinion de un inspector (que no es mas que la que otro ciudadano pero solo que informado) ¿porque no dices abogado la cantidad de juicios perdidos por negocios/instituciones que no han querido pagar y han pretendido probar con tonterias que no utulizan la musica para amenizar sus locales/eventos? seamos serios y no metamos a las empresas en problemas. Todos sabemos que SGAE gana todo porque esta legitimado para cobrar derechos de autores. Por cierto noticias en television…tiene informacion y musica que amenizan los locales. Seamos serios y cuando se recibe una demanda…no la recibe el abogado…la sufre el demandado. Y los autores y creadores no son delicuentes ni aprovechados, son como muchas empresas solicitantes de sus derechos de propiedad intelectual. Si tu hijo es creador, artista …lo comprenderas. Si eres artista y no sufres ganar 10.000 euros por actuacion…lo comprenderas. Si eres un artista emergente y pides una ayuda para comenzar tu trayectoria…lo comprenderas. Si inventas algo y ves como una gran empresa te quita los derechos por tu patente…lucharas por ello…y lo comprenderas. Quitemos ese estigma de que el dinero de derechos es para los grandes y pensemos en que la cultura son millones de trabajadores y cientos de miles de empresas que trabajan seriamente.

  68. No es así. La SGAE es abusiva, cara, socia de tu local, le da igual la situación del local y de su ubicación. No es igual el centro o la periferia. Además, a los autores hay que darles derechos por unos años y listo, a currar. Y a los intérpretes!!! pues que se ganen su dinero con sus conciertos, discos, spotify, etc. Es un completo robo estatal para tener contentos a los artistas, que luego manejan multitudes. Socialismo encubierto.

  69. hola me llamo Frank hoy he recibido una visita de sgae diciendo que tengo que pagar por tener como todo el mundo una tv en 24 horas, me han dado 3 días para rellenar la solicitud, ahora bien , si yo quitase la tv , la descolgarse y la sacase del local y pondría música libre de derecho de autor y pudiera sólo música de mi tierra tendría YO que pagarle, gracias

    1. Buenos días Frank:

      Si actúas como dices, no tendrías que pagar a la SGAE. Incluso sin descolgar la TV, teniéndola desconectada de la antena y usándola como monitor para reproducir contenido libre de derechos de autor. Eso sí, la acción de la SGAE prescribiría a los 5 años, por lo que podrían reclamarte las cuotas anteriores a la inspección.

      Un saludo

  70. he leído muchas conversaciones y está casi claro que tengo que pagar a SGAE .
    nadie a comentado que el contrato que te hacen firmar estás pagando cuotas anticipadas de 3 meses.
    Si cierras el negocio por algún motivo , no te devuelven las cuotas. incluso por un accidente laboral.
    de 365 al año , mi establecimiento está abierto 280 días por qué tengo que pagar todo el año. soy el único que me doy cuenta que es abusivo .

  71. Ya no soy dueño de un bar y me ha llegado un carta de que tengo que pagar a la sgae.
    Deben de tener datos de hace tiempo, que hago les contesto o paso del tema y busque al nuevo dueño.

    Gracias

  72. hola buenos días: Mi pregunta es saber si aún contratando a una compañía, autor, cantante que reproduce sus propias actuaciones, creaciones, obras,,, la entidad que lo contrata ha de pagar SGAES? en ningún momento interpretan obras de otros artistas.

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